L.D. y L.C. Sergio Arturo Olliver Martinez Grijalva
A estas alturas todos tenemos una
noción de lo que es un contrato, un acuerdo de voluntades que crea,
transfiere, modifica o extingue derechos y obligaciones, y cuya
aplicación es obligatoria para los signatarios. Igualmente todos
aceptamos su relevancia en el mundo de los negocios, pues siempre que
hay una compraventa, una apertura de un nuevo local o la contratación
de un nuevo colaborador en la empresa, estamos ante la existencia de
un contrato.
De lo que parecería no existir una
noción general en el mundo de los negocios es sobre el seguimiento
que se debe de dar a los derechos y obligaciones acordados dentro de
un contrato, pues una vez negociada y acordada la compraventa de
algún bien o la prestación de algún servicio las partes parecen
olvidar lo negociado y se dejan llevar por la costumbre al momento de
realizar el cumplimiento del contrato, modificando durante el
transcurso del mismo las clausulas, terminando con una realidad muy
diferente a la acordada por las partes, con fechas de entrega
diferentes, generalmente posteriores, con frecuentes llamadas por
parte del departamento de cobranza ante los retrasos en el pago del
bien adquirido o del servicio prestado, en ocasiones por meses, entre
muchas otras variaciones, generalmente en la cantidad disponible para
entrega, e incluso la calidad de lo acordado.
Es por ello que dentro de toda pequeña,
mediana y gran empresa siempre deberá existir un departamento o en
su defecto un individuo que tenga como parte de sus funciones el
llevar la relación de contratos, que conozca a fondo lo pactado
dentro de cada contrato signado por la empresa y que mantenga un
calendario con las fechas importantes en la vida del contrato, esta
persona o departamento no deberá obligatoriamente ser abogado o
abogados en su totalidad, aunque de serlo seria de gran provecho para
las funciones desempeñadas, pues es de aceptar que no hay ningún
profesionista que entienda un contrato de mejor forma que un
especialista en ellos.
Si bien debemos comenzar por la
correcta elaboración de un contrato llevada a cabo por un
profesional en la materia y no simplemente realizar la descarga de
algún contrato genérico de internet, o solicitar a algún amigo o
conocido que nos envié uno, pensando que lo que encontramos en la
red no siempre estará apegado a nuestro sistema jurídico o a
nuestras necesidades dentro de esta aventura particular. Debemos
continuar con incluir dentro de las clausulas del mismo todas
aquellas cuestiones acordadas, así como una o mas clausulas penales
previendo el incumplimiento parcial o total por parte de una de las
partes y que esta cubra los perjuicios que puedan ser causados por el
mismo para nuestra empresa.
Así, delegando dicha obligación de
conocer a fondo y llevar un registro en el tiempo sobre el alcance de
nuestras obligaciones contractuales en cada empresa, sera de gran
beneficio para su administración y para sus administradores pues se
evitara recurrir en gastos innecesarios por un incumplimiento
accidental por nuestra parte, reflejándose en nuestra imagen como
empresa en el mercado y ante nuestros clientes o proveedores.
El Principio de la Nación mas Favorecida de la WTO y el fin del NAFTA.
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