lunes, 21 de marzo de 2016

Por qué en Algunas Ocasiones es Mejor Consultar a tu Abogado antes que a tu Contador.


L.D. y L.C. Sergio Arturo Olliver Martínez Grijalva



En muchas ocasiones cuando un empresario o administrador busca realizar una acción que tendrá efectos sobre su empresa ya sea fiscales o financieros busca en primer termino la guía de su contador, para analizar las posibles consecuencias de la implementación de su idea, sin embargo existen ciertas cuestiones que deberían ser tomadas en cuenta antes de solicitar esta asesoría.


Comencemos por el análisis de dos muy importantes conceptos resguardados en la ley, el secreto profesional y el privilegio abogado-cliente también conocido como privilegio legal. El primero resguarda la obligación de todo profesionista, ya sea abogado o contador pero también el de otras áreas, como administradores, médicos, psicólogos y en general cualquier individuo que entre en conocimiento de información personal o profesional derivada de sus servicios como profesionista y que no sea de dominio publico, de resguardar esta información confidencial. El segundo concepto, el privilegio legal es una obligación única al ámbito jurídico que permite resguardar un secreto entre un abogado y su cliente frente a una autoridad judicial o administrativa y que se basa en el derecho de este ultimo a obtener una defensa jurídica frente a una autoridad judicial.

Es el caso que al carecer de este privilegio legal por parte de los otros profesionistas estos pueden ser llamados a juicios bajo la figura procesal de la testimonial hostil, así ante la posible comisión de un delito un contador se vería forzado a dar testimonio ante un juzgado de lo ocurrido, si bien este aun tendrá el derecho a no autoincriminarse, su obligación de resguardar el secreto profesional sera eliminada ante la comisión de un delito penal, fiscal o financiero, siendo el caso de que su asesor jurídico jamas sera llamado a declarar en contra de su cliente, pues el privilegio legal los resguarda. Por supuesto que este mismo privilegio tiene sus limites y estos suceden cuando el abogado conoce de la intención del cliente de causar daño físico o de atentar directa o indirectamente en contra de la vida de otra persona. Es importante aclarar que si tu abogado es también tu contador se contara con la combinación perfecta de protección jurídica y de conocimiento del tema y de esta forma no solo se podrá tener la mejor asesoría en el mercado, sino que se tiene el resguardo de la información que solo provee el privilegio legal.


Como ultimo punto me gustaría hacer mención de la necesidad de que para constituir la relación entre abogado y cliente y por tal el privilegio legal es necesario que se realice el pago de la asesoría o consulta, pues jurídicamente se carece de un contrato de prestación de servicios hasta que este no se ha perfeccionado a través del pago de los honorarios del abogado, de no realizarse estos estaríamos frente a la figura jurídica de un contrato de promesa de prestación de servicios jurídicos, la cual no se perfecciona hasta que efectivamente el cliente contrata a su representante legal, siendo este o no aquel que otorgo la asesoría inicial. Este es un punto que considero todo profesional del derecho deberíamos tener siempre presente ante la practica generalizada en el gremio de no cobrar por las asesorías iniciales.